SAES PERITACIONES DE SEGUROS S.A. proporciona al cliente un Perito de Asegurado que actuará de acuerdo a lo descrito en el Art. 38 de la Ley del Contrato de Seguros (Ley 50/1980).

SAES PERITACIONES DE SEGUROS S.A. firmará con el cliente un contrato mercantil en el que el cliente acepta el nombramiento de perito de asegurado.

En los casos de peritaciones judiciales el perito proporcionado por SAES PERITACIONES DE SEGUROS S.A. actuará de acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.