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De acurdo con la Ley del Contrato de Seguro (Art. 73):
" Por el seguro de responsabilidad civil el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley
y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjucios causados por un hecho previsto en
el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, conforme a derecho"

Habitualmente en las pólizas multirriesgo la garantia de Responsabilidad Civil se extiende a:
1. Las personas de la familia del asegurado, el servicio domestico y los animales domésticos que con el convivan.
2. Los daños causados a terceros desde la vivienda o locales propiedad del asegurado.
Ejemplos de siniestros de Responsabibilidad Civil habitualmente cubiertos en la pólizas:
. Hogar: Daños por escape de agua a terceros, daños cometidos a terceros
por su animales domésticos etc.
. Comunidades de Vecinos: Daños por escape de agua a viviendas de la Comunidad, Daños producidos por grietas a la pintura interior de las viviendas etc.
. Comercios y PYMES: Daños a clientes por consumo de productos, daños por negligencia en la prestación del servicio (Ej. Albañil rompe una ventana en la vivienda donde realiza un servicio) etc.
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