De acurdo con la Ley del Contrato de Seguro (Art. 73):

" Por el seguro de responsabilidad civil el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjucios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, conforme a derecho"


Habitualmente en las pólizas multirriesgo la garantia de Responsabilidad Civil se extiende a:

1. Las personas de la familia del asegurado, el servicio domestico y los animales domésticos que con el convivan.

2. Los daños causados a terceros desde la vivienda o locales propiedad del asegurado.

Ejemplos de siniestros de Responsabibilidad Civil habitualmente cubiertos en la pólizas:

. Hogar: Daños por escape de agua a terceros, daños cometidos a terceros por su animales domésticos etc.

. Comunidades de Vecinos: Daños por escape de agua a viviendas de la Comunidad, Daños producidos por grietas a la pintura interior de las viviendas etc.

. Comercios y PYMES: Daños a clientes por consumo de productos, daños por negligencia en la prestación del servicio (Ej. Albañil rompe una ventana en la vivienda donde realiza un servicio) etc.